lunes, 5 de agosto de 2013

QUIERES CONOCER LA CARTA SOLAR DE LA POSICIÓN DE TU VIVIENDA


Quieres conocer la posición del sol de tu casa, pincha en el siguiente enlace y accede a la página web que te permite saber todos los datos relacionados con la posición del sol.





martes, 2 de julio de 2013

INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA

El jueves 27 de Junio se publicó en el BOE la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbana. El texto incluye en su disposición adional tercera las infracciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios. Y en su disposición adicional cuarta las sanciones en materia de certificación energética de edificios y graduación.

INFRACCIONES MUY GRAVES con multa de 1.001 a 6.000 €
- Publicitar la venta o alquiler de un inmueble sin tener el certificado en vigor y registrado
- Falsear la información del certificado
- Actuar como técnico certificador sin reunir los requisitos
- Hacerse pasar por agente independiente autorizado para el control de la certificación sin contar con la habilitación correspondiente
- La reiteración, cometer una infracción grave si los tres años anteriores se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción

INFRACCIONES GRAVES con multa de 601 a 1.000 €
- Vender o alquilar un inmueble sin entregar al comprador o arrendatario el certificado energético registrado.
- La emisión del certificado sin seguir el procedimiento básico establecido.
- No registrar el certificado en el órgano competente en certificación energética de su Comunidad Autónoma.
- Exhibir una etiqueta que no corresponda con el certificado registrado y validado.
- La reiteración, cometer una infracción leve si el año anterior se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción

INFRACCIONES LEVES con multa de 300 a 600 €
- Publicitar la venta o alquiler de un inmueble sin mencionar la calificación energética obtenida.
- No renovar el certificado energético cuando venza su periodo de validez.
- Emitir un certificado energético que no incluya la información mínima exigida.
- No exhibir la etiqueta de eficiencia energética en los supuestos que resulte obligatorio.
- Exhibir una etiqueta que no cumpla con el formato normalizado.

miércoles, 19 de junio de 2013

¿QUE TIPO DE CERTIFICADO ENERGÉTICO QUIERES?

A la hora de pedir un certificado energético nos encontramos con dos tipos de clientes y con dos tipos de técnicos. Se da el caso del cliente que solo quiere el certificado energético para cumplir un mero trámite, impuesto por ley, y que realmente le da igual que calificación obtenga su inmueble. Por el contrario otros clientes ven la oportunidad de ofrecer un valor añadido a su vivienda ya que informan de una calificación que puede ser mejor que la de otro vendedor o arrendador de viviendas, dando un elemento más para comparar  al posible comprador o inquilino. "En igualdad de condiciones me quedo con la vivienda que consume menos energía y con la cual ahorro más dinero a lo largo del tiempo". 
Con los técnicos ocurre algo parecido, está el técnico que apenas toma datos en el inmueble con lo cual obtiene una calificación con los datos predeterminados de los programas aprobados por el gobierno para calificar dichos inmuebles, de esta forma se obtiene una peor calificación energética y por tanto se está ofreciendo un peor producto, también le dedica menos tiempo al trabajo. Por el contrario también existen los técnicos que recogen todos los datos que son posibles en la vivienda y obtienen una mejor calificación del inmueble, ya que dejan menos datos al arbitrio de los programas de calificación, estos técnicos dedican más tiempo al trabajo realizado dando un mejor producto a su cliente. Aquí tenemos el porque la diferencia de precios existente en el mercado  en los certificados. Así que asegúrate bien que tipo de cliente eres para saber que técnico necesitas a la hora de calificar energéticamente tu inmueble.
En Ecotecno Consultores ofrecemos un trabajo serio y tomamos todos los datos posibles para realizar la calificación del inmueble, obteniendo el mejor resultado posible de calificación energética y contrastando los resultados de los distintos programas homologados por el gobierno, consiguiendo siempre resultados óptimos. Somos técnicos certificadores cualificados y sin  intermediarios en nuestro trabajo.
Podemos llevarnos sorpresas en el resultado obtenido para una mismo inmueble de un técnico a otro a la hora de calificarlo.

Si eres comprador tampoco te fíes de calificaciones A o B  de viviendas  que no hayan realizado obras de mejora energética y tengan una antigüedad de más de 7 años. Ya que es muy difícil que tengan esta calificación por no decir que es prácticamente imposible.

viernes, 31 de mayo de 2013

PERO, ¿PARA QUE SIRVE EL CERTIFICADO?

          Con el certificado de eficiencia energética se pretende fomentar el ahorro de energía y el consumo responsable de la misma, de esta forma se reducen las emisiones de CO2. Gracias al certificado energético, tanto compradores como propietarios conocerán las características energéticas del inmueble. Las mejoras aconsejadas buscan un descenso del consumo de energía que se refleje en las facturas, o sea, ahorrar dinero al propietario o inquilino. Las ventajas de poseer una certificación alta son importantes: la vivienda aumenta su valor de mercado, genera menores costes y mayores ingresos a la hora de alquilarlas. De igual modo con una eficiencia energética más alta, nuestra vivienda es menos contaminante, ya que tiene unas menores emisiones de CO2.

ORGANISMOS DE CONTACTO PARA LA CERTIFICACION ENERGETICA DE EDIFICIOS


En el siguiente enlace puedes acceder a los distintos organismos de contacto para la certificación energética de edificios, tanto de nivel estatal, como los de las distintas comunidades autónomas.


ORGANISMOS DE CONTACTO PARA LA CERTIFICACION ENERGETICA DE EDIFICIOS

MODELO DE ETIQUETA ENERGETICA


A partir de mañana todos los propietarios que deseen alquilar o vender su vivienda deberán contar con el certificado energético. A continuación os mostramos cómo es la etiqueta de eficiencia energética oficial que debe aparecer en el certificado energético



QUE PUEDE OCURRIR SI NO SE TIENE EL CERTIFICADO ENERGÉTICO A LA HORA DE ALQUILAR O VENDER UN INMUEBLE

          
          El real decreto determina un régimen sancionador por incumplimiento de este requisito obligatorio en toda compraventa o alquiler de un inmueble. El partido popular ha incorporado a través de varias enmiendas al proyecto de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas el listado de infracciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y el régimen sancionador. 
          Habrá tres tipos de sanciones, una leve, otra grave y otra muy grave y las cuantías de las sanciones irán desde los 300 euros hasta los 6.000 euros. Infracción muy grave será cuando se falsee la información en la expedición o registro de los certificados, actuar como técnico certificador o publicitar un certificado que no esté registrado; infracción grave será incumplir la metodología de cálculo del procedimiento básico para la certificación, no presentar el certificado ante la CCAA para su registro, exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real, y vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor entregue el certificado en vigor al comprador o arrendatario. constituirán infracciones leves publicitar la venta o alquiler de viviendas que deban disponer de certificado sin hacer mensión a su calificación, no exhibir la etiqueta de eficiencia cuando es obligatorio o exhibir una sin el formato y contenido mínimos, expedir certificados sin la información mínima, incumplir las obligaciones de renovación o actualización de los certificados, no incorporar el certificado en el libro del edificio y publicitar la calificación del proyecto cuando ya existe la del edificio terminado.